10/12/2021

Policiales

La detención de Jaureguiber no se hará efectiva hasta que la Cámara resuelva el pedido de eximición

La Dra Stella Maris Aracil, titular del Juzgado de Garatías N° 2 resolvió este viernes por la mañana la detención de Luciano Jaureguiber, exdirector de Espacios Verdes Públicos del Municipio, que atropelló a Jorge Sebastián Simón, el joven de 19 años que posteriormente falleció en el Hospital Santamarina.

En el primer punto de la resolución, la magistrada rechazó el pedido de eximición de prisión a Luciano Jaureguiber  y a continuación decretó la detención del imputado.

En el mismo dictamen, decidió suspender la ejecución de la orden de detención ante la posible apelación a la medida por parte del Dr. Luciano Tumini, a cargo de la defensa del imputado y hasta que la denegatoria de eximición de prisión se encuentre firme.  Esta situación deberá ser examinada por la Cámara de Apelaciones de la ciudad de Azul, quien deberá resolver sobre el fallo expedido.

Además, la resolución establece en su último punto, la prohibición de salida del país de Luciano Jaureguiber.

A continuación el fallo completo:


  • I) NO HACER LUGAR a la Eximición de Prisión solicitada en su favor por LUCIANO JAUREGUIBER (DNI N° 26.631.292) con el patrocinio Letrado del Dr. Luciano Tumini. (Arts. 185 y 186 “a contrario sensu” del C.P.P.).-

  • II) DECRETAR LA DETENCIÓN de LUCIANO JAUREGUIBER DNI N° 26.631.292, de nacionalidad argentina, instruido, de estado civil soltero, nacido el día 16 de Julio de 1978, de 43 años de edad; quedando el mismo a disposición de este Juzgado de Garantías N° 2 local y del Sr. Agente Fiscal interviniente. -

  • III) SUSPENDER la ejecución de la orden detención de LUCIANO JAUREGUIBER, DNI N° 26.631.292 decretada, hasta que la denegatoria de eximición de prisión se encuentre firme. Ello, por el efecto suspensivo de los recursos posibles. (art. 188 y art. 431 CPP - TCP de Bs As. causa nro. 81.824).-

  • IV) DISPONER la Prohibición de salida del país de LUCIANO JAUREGUIBER (DNI N° 26.631.292), librándose oficio del caso a la Dirección Nacional de Migraciones, a fin que se tome razón de la medida dispuesta.-


Regístrese. Notifíquese, y agréguese copia de esta resolución al

Incidente de Eximición de Prisión N° 9388/21.-

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