19/12/2023
Aspirantes a ocupar el cargo y organizaciones para la comisión de pre designación deberán presentarse en el Concejo Deliberante.
El mecanismo de inscripción de aspirantes a ocupar el cargo creado por Ord. 15.971 y modif. y el decreto 3449 y modif. se extenderá hasta el 29 de febrero de 2024 para los candidatos a encabezar la defensoría y hasta el 30 de enero de 2024 para las asociaciones civiles y de profesionales que aspiren a integrar la comisión de pre designación. Las organizaciones que integren la comisión de pre-designación evaluarán a todos los candidatos y luego elevarán una terna con los mejores calificados para ser elegidos en sesión del Concejo Deliberante. Dichas organizaciones deben tener asiento en Tandil y contar con personería jurídica en vigencia.
Según el texto de la norma, "para ser designado Defensor del Pueblo se requieren idénticos requisitos a los exigidos para ser designado Juez de Faltas, con excepción de la condición de ser abogado matriculado. En caso que el Defensor titular electo no sea abogado matriculado, el adjunto que él proponga necesariamente deberá serlo, pues al menos uno de los dos debe tener la condición de ser abogado matriculado. Además deberá observar domicilio real, con residencia mínima e inmediata en el Partido de Tandil de cinco (5) años anteriores a la fecha de su designación".
Defensor del Pueblo:
¿Cuáles son los requisitos?
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