27/02/2024
Un juez federal de Rawson ordenó este martes al Gobierno
nacional que suspenda la retención de fondos coparticipables a Chubut para el
cobro de una deuda, a la vez que exhortó a las partes a arbitrar los medios
necesarios para avanzar hasta lograr la cancelación o la refinanciación del
préstamo, informaron fuentes judiciales.
Al mismo tiempo, el magistrado rechazó la pretensión de
Chubut "en torno a la devolución de la sumas ya retenidas y a la
imposición de condiciones de una eventual refinanciación".
La determinación fue tomada por el juzgado federal de
Rawson, a cargo del juez Hugo Sastre, según surge de la resolución a la que
accedió Télam de fuentes del caso.
Voceros de la Casa Rosada adelantaron a esta agencia que "frente
al fallo que favoreció a Chubut la posición del Gobierno es apelar" y
señalaron que "en las próximas horas se analizará y definirá a través de
qué instrumentos legales se va a llevar a cabo esa apelación".
En la Procuración del Tesoro de la Nación, el equipo de
abogados del Estado Nacional que encabeza el exjuez Rodolfo Barra, analizaba,
incluso, presentar un 'per saltum' (salto de instancia) para acudir
directamente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que resuelva
el caso.
El juez Sastre resolvió "hacer lugar a la medida
autosatisfactiva solicitada por la Provincia del Chubut, contra el Estado
Nacional - Ministerio de Economía, disponiendo el cese de la retención que -en
concepto de reembolsos por préstamos acordados en el marco del Fondo Fiduciario
para el Desarrollo Provincial- la demandada viene realizando sobre las sumas
que ha de percibir aquella en concepto de Coparticipación Federal de
Impuestos".
La medida judicial regirá "hasta tanto se concrete la
refinanciación de la deuda y por el periodo máximo comprendido por el ejercicio
financiero en curso", según surge del fallo.
El juez resolvió, además, "exhortar a las partes a que
arbitren medios conducentes tendientes a la cancelación y/o refinanciación de
la deuda, en condiciones razonables, que no importen el compromiso de servicios
esenciales del estado provincial".
La medida judicial regirá "hasta tanto se concrete la
refinanciación de la deuda y por el periodo máximo comprendido por el ejercicio
financiero en curso", según surge del fallo
En el punto III del fallo, sin embargo, el juez rechazó la
pretensión de Chubut "en torno a la devolución de la sumas ya retenidas y
a la imposición de condiciones de una eventual refinanciación".
"Nos encontramos ante una injusta e intransigente
posición por parte de la demandada, sumado a una inexistente política de
absorción de consecuencias por parte del Estado Nacional respecto de la
Provincia del Chubut llevada a cabo por el descuento automático de fondo
coparticipables", señaló el juez.
"Dicho accionar, conduce al agravamiento de la situación especial por la que atraviesa la Provincia del Chubut, cuyo estado de emergencia económica, financiera y administrativa fuera dispuesto mediante la Ley Nº VII N° 94; más aún cuando las retenciones representan más de un tercio de lo que percibe en concepto de coparticipación, situación que no podría prolongarse en el tiempo sin afectar servicios esenciales tales como salud, higiene, educación, etc., necesidades básicas de la población cuya satisfacción se debe garantizar", reseñó.
Fuente: Telam
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